Contrato de Comisión
Entre: BAHIA ESTUDIO WEB, con domicilio en Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, en adelante “EL COMITENTE”, y el/la Sr./Sra. USUARIO, DNI 00 00 0000, con domicilio en DOMICILIO, en adelante “EL COMISIONISTA”, se celebra el presente Contrato de Comisión, conforme las siguientes cláusulas:
PRIMERA – Objeto
El COMITENTE encomienda al COMISIONISTA la promoción y obtención de clientes para la contratación del sistema BEW Cocheras SaaS, o cualquier otro servicio ofrecido por EL COMITENTE. El COMISIONISTA actuará gestionando la venta y captación de nuevos clientes, percibiendo por dicha actividad la remuneración especificada en este contrato.
SEGUNDA – Naturaleza y ausencia de relación laboral
Entre las partes no existe vínculo laboral alguno. A todos los efectos, este contrato configura exclusivamente una relación comercial de comisión.
En consecuencia, EL COMISIONISTA reconoce expresamente que:
- No existe subordinación jurídica, técnica ni económica con el COMITENTE.
- Actúa de manera totalmente independiente, sin horarios, sin control, sin tareas asignadas, sin supervisión directa y sin obligación de exclusividad.
- Organiza su trabajo por su propia cuenta y riesgo, utilizando sus propios medios, canales y tiempos, sin instrucciones operativas directas.
- No corresponde el pago de salarios, viáticos, aguinaldos, cargas sociales, ART, vacaciones, indemnizaciones ni cualquier otro concepto derivado de una relación laboral.
TERCERA – Remuneración (Comisión)
La única remuneración que percibirá EL COMISIONISTA será una comisión del 25% sobre los importes efectivamente cobrados por EL COMITENTE a los clientes captados por el COMISIONISTA.
- La comisión se devenga únicamente cuando el pago del cliente ha sido acreditado y aprobado.
- Si el cliente cancela, solicita devolución, no paga o su suscripción se anula, la comisión se anula automáticamente o se descuenta de liquidaciones posteriores.
- La liquidación de comisiones se realizará con periodicidad mensual o según criterio del COMITENTE.
- No se genera comisión alguna por registros incompletos, rechazos, pagos pendientes o pruebas gratuitas.
CUARTA – Independencia y obligaciones
- EL COMISIONISTA actúa de forma independiente, pudiendo ofrecer también productos o servicios de terceros, siempre que no afecte la imagen del COMITENTE.
- No representa legalmente al COMITENTE y no puede asumir compromisos comerciales en su nombre más allá de los valores y condiciones oficiales.
- Es responsable de mantener sus obligaciones fiscales vigentes (monotributo o el régimen que corresponda).
- Toda información del COMITENTE deberá ser tratada con estricta confidencialidad.
QUINTA – Duración y terminación
El presente contrato tiene una duración indefinida y cualquiera de las partes podrá rescindirlo sin expresión de causa mediante notificación escrita o digital con cinco (5) días hábiles de antelación.
En caso de rescisión, solo se liquidarán las comisiones correspondientes a pagos efectivamente acreditados hasta la fecha de finalización.
SEXTA – Confidencialidad
EL COMISIONISTA se compromete a mantener absoluta confidencialidad respecto de los datos, estrategias, documentación e información comercial a la que acceda, incluso después de la terminación del presente contrato.
SÉPTIMA – Aceptación digital
EL COMISIONISTA declara haber leído y comprendido el contenido del presente contrato, y lo acepta expresamente al momento de registrarse o continuar utilizando el panel de vendedor.
La aceptación digital cuenta con plena validez jurídica conforme la Ley 25.506 de Firma Digital.
OCTAVA – Jurisdicción
Las partes se someten a los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
Este contrato de comisión se celebra digitalmente y la aceptación expresa equivale a firma. Ley 25.506 – Firma Digital y Código Civil y Comercial de la Nación.